PolíticaPortada

Entra en vigencia reforma que desnaturaliza a la Policía

Este jueves 6 de julio se publicó en el Diario Oficial La Gaceta la reforma a la Ley 872. Ley de Organización, funciones, carrera y régimen especial de seguridad social de la Policía Nacional, institución al servicio de la dictadura sandinista.

Las reformas a la Ley de la Policía introducen tres nuevos artículos. Estos establecen penas de dos a tres años cárcel para el personal policial que abandone el servicio. También autoriza el arresto por un período de seis meses hasta dos años para quienes desobedezcan, sin justificación, las órdenes de sus superiores.

La reforma a la Ley 872 ya publicada en la Gaceta y entra en vigencia a partir de su publicación. En tanto a la reforma del artículo 97 Constitución Política de Nicaragua que corresponde a la naturaleza de la institución policial todavía no tiene efecto algo alguno. Sino, hasta que se apruebe y publique su segunda legislatura.

En tanto a la vigencia de la reforma a la Ley 872 no tiene ningún beneficio para la población nicaragüense. Mucho menos para los mismos efectivos policiales al servicio de Ortega.

«No tiene una exposición de motivos para el fortalecimiento o creación de una política pública criminal que vaya a beneficiar a la población nicaragüense. Además, está orientada a fortalecer la narrativa del régimen que pretende negar los abusos que perpetro desde el 2018», explica el abogado Carlos Guadamuz defensor del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca +.

Lea: Asamblea aprueba reformas para establecer prisión a desertores de la Policía

Policía es un cuerpo represivo sometido la voluntad de Ortega

Aunque hasta ahora se oficializa a través de ambas reformas, desde el retorno del sandinismo al poder en 2007, la Policía es un cuerpo represivo sometido la voluntad de Ortega, precisa por otro lado el abogado y economista Enrique Sáenz.

Al respecto, el también exdiputado en la Asamblea Nacional, ahora bajo el total control de la dictadura sandinista, una reforma constitucional solamente entra en vigencia si es aprobada en dos legislaturas y esta solo ha sido aprobada por una, es decir, que formalmente no existe.

«Es algo que no ha terminado de nacer. Pero sobre la base hacen aparecer que la reforma es válida. Lo que hay en el fondo es que no es nada legal si no como hay casos o se han mostrado deserciones en la Policía pues Ortega piensa que apretando el temor con castigo puede sembrar más terror. Pero la policía está sometida a esto con o sin reforma, es una solemne payasada», agrega Sáenz.

Puede interesarle: ¿Qué se sabe de Monseñor Rolando Álvarez? Acá te explicamos

Cárcel para efectivos policiales

La reforma a la Ley de Organización, funciones, carrera y régimen especial de seguridad social de la Policía Nacional (872) agrega tres nuevos artículos. Estos sancionarán o castigarán a los efectivos de la Policía sandinista que no cumplan las ordenes de sus superiores o decidan desertar de la institución.

“Cuando un oficial sin causa justificada desobedezca las órdenes de sus superiores, en perjuicio de la seguridad ciudadana, será sancionado o castigado con una pena de seis meses a dos años de prisión”, según la reforma.

La deserción de las filas policiales se castigará con cárcel. “El personal policial que abandone el servicio, lo que se considera deserción, incurriendo en un perjuicio grave a la seguridad ciudadana se sanciona con una pena de dos a tres años de prisión”.