Diputados sandinista de la Asamblea Nacional, aprobaron este martes la reforma del artículo 165 de la Constitución Política de Nicaragua, la cual crea el consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial como un organismo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con el fin de quitarle atribuciones a dicha institución.
En la reforma se deroga el numeral 4 que facultaba “supervisar el funcionamiento administrativo de los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble y Mercantil, así como el de las oficinas de servicios comunes”.
También reformaron los numerales 5 y 6 “para desvincular a los Registros Públicos de la administración de justicia, función propia del Poder Judicial”, de tal forma que separan a los Registradores Públicos de la Propiedad Inmueble y Mercantil del control del Consejo.
Ademas, la reforma al numeral 5 reformado se leerá así: “Nombrar médicos forenses y secretarios de Actuaciones de conformidad con lo establecido en la Ley de la materia”.
El numeral 6 reformado señala: “Instruir, conocer y resolver de las denuncias por faltas disciplinarias leves, graves y muy graves de los médicos forenses y secretarios de Actuaciones, imponiendo las sanciones que establece la Ley de la materia”.
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7)Instruir, conocer y resolver de las denuncias por faltas disciplinarias leves y graves en que incurran los Defensores Públicos, Jueces y Magistrados de Apelaciones, imponiendo las sanciones, que establece la Ley de Carrera Judicial y su Reglamento.
8) Instruir las quejas o denuncias por faltas muy graves en que incurran los Defensores Públicos, Juecesy Magistrados de Apelaciones y elevar al conocimiento del pleno de la CorteSuprema de Justicia los resultados de las investigaciones realizadas y las recomendaciones respectivas.
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9)Elevar a conocimiento de la Corte Plena, las listas de candidatos para llenar la plaza vacante de Magistrados de Tribunales de Apelaciones, Jueces de Distrito y Locales, Propietarios y Suplentes, de conformidad con lo establecido en la Ley de Carrera Judicial.
10) Organizar y dirigir los procedimientos para la incorporación y otorgamiento d e los títulos d e abogado y notario público. Extender autorización para el ejercicio de las profesiones de abogado y notario, lo mismo que suspenderlos y rehabilitarlos de conformidad con la ley.
11) Cualquier otra funcion que le asigne la ley.
La reforma fue aprobada con 81 votos a favor de los 91 diputados, los demás se abstuvieron a votar.